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Mes: diciembre 2018

VIENEN MÁS CAMBIOS: AMLO EN MENSAJE DE FIN DE AÑO

El presidente Andrés Manuel López Obrador compartió este lunes su mensaje de Año Nuevo, en el que destacó las acciones de su gobierno durante su primer mes, como el aumento al salario mínimo y los estímulos fiscales para la frontera norte del país.

Asimismo, deseó un feliz 2019 a los y las mexicanas, en un video compartido a través de sus redes sociales y que fue grabado desde Tabasco, estado al que acudió para presenciar la toma de protesta del gobernador.

“Les deseo a las mexicanas, a los mexicanos, un buen año 2019. Este año que termina, el 2018, fue el año de la esperanza, porque nos decidimos por una transformación, por un cambio verdadero”.

Advierte más cambios
Destacó que su gobierno inició algunos cambios durante este mes de diciembre, en que empezó su mandato, pero advirtió que “vienen más”, pues no es sólo un cambio de gobierno, sino un cambio de régimen.

“Vamos a arrancar de raíz la corrupción, el cáncer que ha destruido a nuestro país”, afirmó.

Señaló que el pueblo de México es uno de los más trabajadores del mundo, por lo que lo único que necesitaba era “un buen gobierno” para impulsar su crecimiento económico.

Destacó que el peso se fortaleció este mes.

Promete esclarecer avionazo
Finalmente, prometió que su gobierno se comprometió a esclarecer el accidente en el que perdieron la vida la gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso, el senador Rafael Moreno Valle y tres personas más, “para alejar sospechas de todo tipo”.

“Me comprometí a que se haga una investigación a fondo, independiente, ya están especialistas canadienses y estadounidenses haciendo un dictamen para conocer las causas por las que se cayó el helicóptero y se padeció esta desgracia”.

Dijo que esclarecer este caso es algo necesario para evitar confrontaciones y alejar sospechas sobre las circunstancias en las que ocurrió el accidente.

GASTELUM VE “EXCESIVA” ORDEN DE ABSTENERSE A HABLAR DE MIGRANTES

El Universal, Tijuana.- El presidente municipal de Tijuana, Juan Manuel Gastélum, calificó como “un exceso” la orden del Juzgado Primero de Distrito, la cual lo conmina a “abstenerse de realizar declaraciones que transmitan un mensaje negativo sobre las personas migrantes”.

En días pasados un Juzgado Federal ordenó al panista abstenerse de hacer comentarios negativos de la caravana migrante, luego que organizaciones y activistas calificaran algunos de sus dichos como xenófobos.

Además, también se le prohíbe remitir a migrantes centroamericanos al Instituto Nacional de Migración (INM).

En entrevista con EL UNIVERSAL, el alcalde de esta ciudad fronteriza adelantó que interpondrá un recurso de revisión del ordenamiento del organismo jurisdiccional pues asegura que “censura” su libertad de expresión.

Aseguró que en sus expresiones no encuentra alguna que vulnere o “genere ambiente de hostilidad a la dignidad humana de persona alguna, sea migrante o no”, y dijo que solo ha expresado su reclamo “en contra de las autoridades federales por no haber atendido a los migrantes y dejar el asunto (migratorio) a Tijuana”.

El mandatario enfatizó que ha señalado hechos reales como que, algunos migrantes, generaron desorden, ingerían bebidas alcohólicas, marihuana y hacían sus necesidades fisiológicas en vías públicas de la ciudad lo que motiva que la autoridad municipal tenga que actuar.

“Yo seguiré hablando y expresándome… No tengo nada contra nadie que no violente la normatividad jurídica”.

En cuanto a la remisión de migrantes al INM, por parte del personal de la administración municipal, el edil deberá dar instrucción a jueces municipales de no extralimitar sus funciones, así como proporcionar información sobre los derechos de los migrantes a la población en general, servidores públicos y a los propios migrantes.

Pese a ello aseveró su administración seguirá adelante con los trámites correspondientes en los casos que la policía municipal vea personas haciendo desorden, ingiriendo bebidas alcohólicas, haciendo sus necesidades fisiológicas, sean o no extranjeros.

Señaló que el ayuntamiento de Tijuana ha implementado acciones para respetar la dignidad de los entre 6 mil y 7 mil migrantes de la caravana, para quienes se habilitó un albergue y “se puso a su disposición un espacio digno”.

Será este lunes 31 de diciembre cuando su administración interponga un recurso de revisión contra la orden del juez federal y también se dará aviso a la Judicatura Federal.

“La orden no la dio el Juez (de Distrito) sino su secretaria de acuerdos”, lo cual excede las facultades que la ley le permite “al ordenar evitar que me pueda expresar”, finaliza el edil.

APRUEBA CABILDO 100% DE CONDONACIÓN DE RECARGOS EN IMPUESTO PREDIAL

Tecate, Baja California.- A fin de ​otorgar beneficios a los contribuyentes, el Cabildo Local de Tecate aprobó esta mañana la condonación del 100% de recargos generados por el incumplimiento de los pagos por conceptos de impuestos, derechos y convenios, correspondientes al ejercicio fiscal 2019 y años anteriores.

Este beneficio tendrá vigencia a partir del 01 de enero hasta el 31 de marzo del 2019, incentivando a los ciudadanos para que más cuentas se regularice tal como sucedió durante este 2018.

En ese sentido, se hace el llamado a la sociedad en general aprovechar los beneficios que se estarán ofreciendo durante estos meses, así como lo descuentos establecidos para personas pensionadas, jubiladas, personas con discapacidad, personas en estado de viudez y personas de la tercera edad.

De igual forma, a lo largo de la sesión fue aprobado por mayoría de los integrantes del Cuerpo Colegiado el calendario de sesiones ordinarias a realizarse en el periodo comprendido del mes de enero a septiembre del 2019.

TECATE DESPEDIRÁ EL 2018 CON LLUVIA

Tecate, Baja California.- Residentes del municipio de Tecate recibirán el 2019 con lluvia, así lo indica el pronostico del clima The Eather Chanel.

A partir de las primeras horas de este lunes, el sistema meteorológico marca un 70% de probabilidades de lluvia, con ráfagas de viento ocasionales superiores a los 40 millas/h.

Por la noche del mismo lunes se pronostican únicamente 40% de probabilidades de chubascos, con vientos de 25 millas/ h.

En lo que respecta a la temperatura el termómetro descenderá hasta 1 grado centigrados, por lo que se recomienda aumentar la atención en la población infantil y los adultos mayores.

 

MARINA CALDERÓN RENUNCIA AL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO

 

  • Solicito de manera formal y con carácter de irrevocable, su baja inmediata del Registro Nacional de Miembros del Partido.

Tecate, Baja California.- De manera formal e irrevocable y por cuestiones personales, la Lic. Marina Calderón Guillén renunció al puesto de Coordinadora de la Comisión Operativa Municipal del Partido Movimiento Ciudadano en Tecate, así como a su militancia como miembro con registro nacional.

La solicitud fue emitida por la misma Marina Calderón a través de un oficio dirigido al Lic. José Clemente Castañeda Hoeflich, Presidente Nacional del Partido Movimiento Ciudadano, con atención a Francisco Alcibíades García Lizardi, Coordinador en Baja California, con fecha 3 de diciembre del presente año, en donde describe lo siguiente:

“La suscrita, Lic. Marina Manuela Calderón Guillén, Coordinadora de la Comisión Operativa Municipal del Partido Movimiento Ciudadano en Tecate, Baja California, nombramiento que me fue conferido el día 4 de noviembre de 2016, para desempeñar el cargo durante el periodo 2016-2019, por este conducto me dirijo a usted a efecto de presentar mi RENUNCIA FORMAL Y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, al cargo que venía desempeñando hasta el día de hoy en ese honorable partido que usted dirige, al igual que a mi militancia como miembro con registro, por así convenir a mis intereses, haciendo patente que durante el tiempo que desempeñe este cargo, siempre lo hice con toda la capacidad, profesionalismo y ética con que me fue encomendado y que son los mismos valores que la política demanda hoy en día, tanto a los que tenemos esa honrosa distinción de ser dirigentes, como a la participación personal de todos los afiliados.

Deseo aprovechar la ocasión, para agradecer el haber sido tomada en cuenta para dirigir los trabajos de crecimiento y vinculación de Movimiento Ciudadano en mi municipio, así como todo el apoyo brindado para el mejor desempeño de mis actividades.

Del mismo modo, solicito a usted de manera formal, se sirva ordenar mi baja inmediata del Registro Nacional de Miembros del Partido Movimiento Ciudadano, con la misma fecha de recibida la presente renuncia, ya que es de mi particular interés acreditar mi fecha de separación, tanto del cargo como Coordinadora Municipal, como de mi militancia efectiva, para efectos legales de mi absoluto interés personal”

La Comisión Operativa Nacional, selló de recibida la solicitud el 4 de diciembre de 2018 a las 14:04 horas, con lo que se dio por otorgada la petición de la Lic. Marina Calderón a su renuncia de Movimiento Ciudadano, partido, que obtuvo renombre y donde se han ocupado posiciones importantes, gracias al trabajo desempeñado por la misma.

AMPLIAN ESTRATEGIAS PARA CONTRIBUIR A MEJORAR LA CALIDAD DEL AIRE

  • En beneficio de la población y ambiente de Mexicali

Mexicali, Baja California.- Con la finalidad de ampliar las estrategias que contribuyan a mejorar la calidad del aire en Mexicali, la Administración estatal que encabeza el Gobernador Francisco Vega de Lamadrid, a través de la Secretaría de Protección al Ambiente (SPA), celebró un convenio de participación y colaboración institucional con la empresa Certuit Software, por medio del cual se busca proteger y cuidar el medio ambiente a través del intercambio de información entre el sistema de la empresa y el sistema estatal de calidad del aire, así como fomentar una mayor cultura del cuidado del medio ambiente en los diversos sectores de la población.

Al respecto, la Secretaria de Protección al Ambiente (SPA), Thelma Castañeda Custodia, indicó que esta empresa tiene el propósito de desarrollar un sistema de monitoreo ambiental colaborativo para implementarlo en las zonas urbanas del municipio de Mexicali, ya que dicha demarcación presenta una configuración espacial y geográfica particular, por lo que de este trabajo conjunto se desprenderá una plataforma tecnológica de difusión que amplié la conciencia en la sociedad del debido cuidado de las emisiones que se generan a la atmósfera.

Explicó que este sistema de monitoreo ambiental se compondrá de tres partes principales que son: Redes de Estaciones de Monitoreo Ambiental de bajo costo que midan distintos tipos de contaminantes típicos de zonas urbanas, una de las ventajas centrales es la posibilidad de establecer una alta resolución espacial de las mediciones correspondientes, entre otras.

Una aplicación móvil para la consulta del estado de la calidad del aire y para el reporte de las fuentes contaminantes y encuestas sobre el estado de salud de los usuarios. Además de un servidor para la recepción de la información generada por las redes de monitores y por los reportes de usuarios, así como una plataforma web para la consulta y el análisis de la información georreferenciada sobre la distribución de contaminantes y reporte de usuarios.

La responsable de la política ambiental en la entidad mencionó que estas acciones son acordes al Plan Estatal de Desarrollo 2014- 2019 en su eje Desarrollo Económico Sustentable, denominado Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, cuyo objetivo es aplicar estrategias para la protección, conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales de Baja California.

Otras acciones implementadas para mejorar la calidad del aire en Mexicali

En ese sentido, Thelma Castañeda agregó que el Gobierno del Estado ha trabajado en promover políticas públicas ambientales para la protección y preservación del medio ambiente y sus recursos naturales, impulsando la sustentabilidad, normatividad y la regulación ambiental vigente en la entidad. Entre las acciones que se impulsan se encuentran; el Proyecto del Sistema de Monitoreo de Calidad de Aire, para el Control, Mitigación y Moderación de emisiones de contaminantes atmosféricos en el Estado, los Fondos Mixtos del COCIT/BC (FOMIX), en la modalidad de Creación y Fortalecimiento de Infraestructura, proyecto que requiere de apoyo para implementarlo en el estado y así mejorar la calidad de vida de la población”, explicó.

Asimismo, en coordinación con la SEMARNAT, se publicó el Programa para Mejorar la Calidad del Aire 2018-2027, que tiene la finalidad de contar con un instrumento que oriente las acciones necesarias para mejorar la calidad del aire en los 5 municipios de Baja California. De igual forma, es importante recordar que la entidad ha generado cuatro programas para mejorar la calidad del aire, dos para Mexicali 2000- 2005 y 2011-2020, y dos regionales que incluye a Tijuana y Rosarito 2000- 2005 y el segundo es para Tijuana, Tecate y Rosarito 2012- 2020.

Para finalizar, la funcionaria estatal expuso que en Baja California se cuenta con un sistema de monitoreo de contaminantes atmosféricos que opera desde 1996, con estaciones en los municipios de Mexicali, Tijuana, Tecate, Ensenada y Rosarito, en donde se puede medir la concentración de monóxido de carbono (CO), dióxido de azufre (SO2), dióxido de nitrógeno (NO2), ozono (O3), partículas menores a 10 micras (PM10) y partículas menores a 2.5 micras (PM2.5).

Además, por parte de las autoridades ambientales el Comité Núcleo Pro-Aire de Mexicali 2011-2020, elaboro el Plan de Contingencia Ambiental Atmosférica, el cual es un conjunto de estrategias, acciones y procedimientos que permiten prevenir, controlar y atender los episodios por emisiones a la atmósfera que se presentan cuando los tiempos y concentraciones de exposición de contaminantes atmosféricos, exceden los límites máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaría de Salud.Asimismo y en seguimiento a las acciones de conservación, restauración e incremento de las áreas verdes urbanas para el mejoramiento de la calidad del aire, a través del Programa Estatal de Forestación Social o Urbana, operado durante el 2018 a nivel estatal, se llevó a cabo la donación y forestación de más de 80 mil 120 árboles en beneficio de la población, los cuales absorben contaminantes gaseosos como el ozono, el dióxido de azufre y el dióxido de nitrógeno.

EMITE CEDHBC RECOMENDACIÓN POR NEGAR REGISTROS MATRIMONIALES

Mexicali, Baja California.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC), emitió la Recomendación 16/2018 dirigida a la Secretaría General de Gobierno del Estado y al Ayuntamiento de Mexicali, por negar registros matrimoniales a dos parejas de mujeres.
Lo anterior, por la violación a los derechos a la igualdad y a la no discriminación, a la legalidad, seguridad jurídica, trato digno así como al derecho al libre desarrollo de la personalidad en relación con el derecho al matrimonio y la familia de V1, V2, V3 Y V4 en Mexicali.
De acuerdo a los hechos, el 27 de abril de 2018, V1 y V2 (mujeres de 54 y 48 años de edad, respectivamente) interpusieron un escrito dirigido a AR1 (Oficial 01 del Registro Civil del XXII Ayuntamiento de Mexicali), en el cual solicitan a dicha autoridad llevar a cabo su ceremonia de matrimonio civil, la cual les había sido negada de manera verbal; en alcance a ello el 11 de mayo del presente año, AR2 (Suboficial del Registro Civil del XXII Ayuntamiento de Mexicali), a través del oficio 342/2018, comunicó a las víctimas que “para llevar a cabo la celebración del matrimonio, se requiere acatar lo previsto por diversos ordenamientos inherentes a la materia” expresando como tal que el funcionamiento de las Oficialías del Registro Civil se encuentran sujetas al marco jurídico aplicable, limitándose a ejercer las facultades que expresamente le otorgan las leyes, citando el contenido del artículo 7 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California así como el numeral 143 del Código Civil para el Estado, los cuales aluden que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer.
Ante tales hechos, el 14 de mayo de 2018 V1 y V2 comparecieron ante la Defensoría interponiendo la Queja correspondiente, exponiendo que la negativa para celebrar su matrimonio trasgredió sus derechos humanos.
En cuanto a los hechos sobre la Queja de V3 y V4, el 15 de junio de 2018, V3 (mujer de 33 años) compareció ante la CEDHBC manifestando que el día 7 de ese mismo mes y año, tanto ella como su pareja (V4, mujer de 30 años) interpusieron solicitud de matrimonio ante la Oficialía 01 del Registro Civil en Mexicali, a cargo de AR1 quien resolvió negar dicha petición, por lo que las víctimas requirieron la intervención de la Defensoría, con el fin de hacer efectivo el ejercicio de su derecho, en igualdad de condiciones.
Por lo anterior la CEDHBC inició los expedientes CEDHBC/MXL/Q/128/18/5VG y CEDHBC/MXL/Q/155/18/5VG por presuntas violaciones a derechos humanos de V1 y V2, así como de V3 y V4.
Es importante resaltar que el artículo primero de la Constitución Política, en su párrafo quinto establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”, principio que igualmente reconocen el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Político, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración del Milenio, que en términos generales disponen que toda persona tiene los mismos derechos y libertades, sin distinción alguna siendo por lo tanto todas y todos iguales ante la ley.
Cabe subrayar que las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgénero, trasvesti, intersex, queer, asexuales y pansexuales (LGBTTTIQ+) han sido histórica y socialmente discriminadas por su orientación sexual, identidad y expresión de género, así como por su diversidad corporal, persistiendo hasta la actualidad actos de carácter administrativo ejercidos por autoridades del Estado y sus municipios que reproducen conductas de violencia institucional en contra de estos colectivos, amparándose de la Constitución Local, Códigos y Leyes Estatales, incluso de Reglamentos Internos, vulnerando con ello sus derechos humanos, así como las obligaciones convencionales e internacionales para el Estado Mexicano hacia estos grupos de atención prioritaria, mismos que exigen transversalizar el enfoque de género y de la diversidad sexual para vigencia y garantía de derechos.
Cabe resaltar que de acuerdo con el principio de progresividad de los derechos humanos, existe una obligación de todas las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias el realizar dicho control, destacando que dicha obligación trae consigo la realización de cuatro conductas: (1) Realizar una interpretación conforme entre las leyes nacionales y los estándares interamericanos e internacionales de protección a derechos humanos, (2) Inaplicar la norma que no pueda ser interpretada de conformidad con los mencionados estándares interamericanos, (3) Actuar de manera positiva y suplir las deficiencias de la legislación penal nacional para evitar impunidad en casos graves a derechos humanos y, (4) Utilizar el control de convencionalidad como una técnica que permita el debido cumplimiento de las sentencias de la Corte en los casos en donde el Estado al que la autoridad pertenece haya sido condenado.
La igualdad es un principio rector en la actuación del Estado así como un derecho humano que se entiende como una prerrogativa que se le reconoce a todas las personas para disfrutar de los derechos establecidos y protegidos por ordenamientos del corpus iuris nacional e internacional que estén de acuerdo con la misma, atendiendo aquellas circunstancias y particularidades que reflejan la individualidad de las personas, siendo este el motivo por el cual es considerado como un derecho vertebral y entraña por sí mismo la no discriminación bajo ninguna circunstancia ni categoría que pueda colocar a una persona en un estado de vulneración en el ejercicio pleno de sus derechos.
La no discriminación es una prerrogativa inseparable de las personas, al ser necesaria para preservar su esfera de derechos así como su dignidad, siendo este el motivo por el cual ha sido materia de análisis y determinación de la Defensoría en múltiples Recomendaciones, como lo son las identificadas bajo números 1/2017 emitida el 12 de enero de 2017 y 15/2017 del 29 de diciembre de 2017, en donde se emiten pronunciamientos sobre el derecho humano a la igualdad y a la no discriminación enfáticamente de las personas que pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ+, en los cuales se visibiliza la obligación de las servidoras y servidores públicos de realizar ajustes razonables y acciones afirmativas , ello en atención a que el principio de igualdad exige algunas veces a los Estados adoptar disposiciones positivas para reducir o eliminar las condiciones que originan o facilitan que se perpetúe la discriminación en detrimento de los referidos colectivos.
La negativa de AR1 y AR2 frente a la solicitud de matrimonio de V1, V2, V3 y V4 actualiza una circunstancia que se considera una violación al derecho humano a la igualdad y no discriminación, toda vez que la motivación imperante para tal acto de autoridad, versaba en la simple manifestación que la unión de ambas no representaba el binomio hombre y mujer, siendo esto una evidencia respecto de la falta de garantía de sus derechos humanos, al ser restringido su acceso a contraer matrimonio civil en igualdad de condiciones a las de parejas heterosexuales, hecho que atenta en contra de la dignidad de las personas, lo que representa un acto de discriminación sistémica.
El principio de interdependencia permite reconocer como el derecho humano a la igualdad y a la no discriminación se encuentra intrínsecamente ligado al trato digno, entendiéndose este último como la prerrogativa que tiene toda persona a que se le permita hacer efectivas las condiciones jurídicas, materiales, de trato, acordes con las expectativas, en un mínimo de bienestar, generalmente aceptadas por quienes conforman la especie humana y reconocidas por el orden jurídico.
La Declaración de Montreal pronunciada en la Conferencia Internacional sobre los Derechos Humanos de LGBT, analiza que la negativa de aceptar y respetar a las personas de orientación sexual o de identidad de género diferente, es una causa de opresión en la vida cotidiana de la población sexualmente diversa, tal y como la enunciada en el caso actuante en donde existe una omisión en el acceso en igualdad de condiciones a celebrar un acto civil, máxime si se atiende a que las víctimas, al ser mujeres lesbianas son parte de una discriminación múltiple en razón de su género y orientación sexual, lo que constriñe una obligación para las servidoras y servidores públicos de generar protocolos de atención y políticas antidiscriminatorias que se centren en el ejercicio efectivo de una igualdad legal y social.
Al estar previsto la decisión de contraer matrimonio o no, y la familia como aspectos esenciales del derecho al libre desarrollo de la personalidad, resulta puntual el conocer lo que esto conlleva, siendo relevante el contenido del numeral 15 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” mismo que refiere que la familia es “el elemento natural y fundamental de la sociedad”, teniendo derecho toda persona a constituir una familia, no siendo limitación alguna su orientación sexual, identidad y expresión de género ni su diversidad corporal.
El derecho a contraer matrimonio así como el de formar una familia, con independencia de la orientación sexual o identidad de género es indispensable para el reconocimiento de la personalidad jurídica, la cual brinda a todas las personas una garantía de disfrutar de su capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida por lo que, los actos realizados por AR1 y AR2, merman no solo el poder llevar a cabo un acto de carácter civil sino que también, en alcance a los principios de interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos, vulnera la garantía de goce de derechos de carácter económicos, sociales y culturales como lo es seguridad social, la salud e incluso sucesorios o de carácter patrimonial.
En razón de lo anterior, se reafirma el principio de la universalidad de los derechos humanos, el principio de no discriminación que exige que estas prerrogativas se apliquen por igual a todos los seres humanos, independientemente de su orientación o identidad de género, confirmando con ello la necesidad de la armonización legislativa, a fin de eliminar cualquier contenido discriminatoria en las normas, procurando con ello un cambio paradigmático en la conducta de la sociedad respecto a lo que hoy se concibe como matrimonio y familia “tradicional”, garantizando en todo momento la igualdad, la diversidad sexual, la autodeterminación de la persona y el libre desarrollo de la personalidad.
Aunado a lo anterior, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de la viabilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo, señalando lo siguiente:
“Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución. En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja. Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad”.
Ante tales hechos, la CEDHBC solicita a la Secretaría General de Gobierno del Estado y a la Presidencia Municipal del XXII Ayuntamiento de Mexicali atiendan los siguientes puntos recomendatorios:
PRIMERO. Efectúen las gestiones y/o trámites correspondientes para que se repare de manera integral los daños ocasionados a V1, V2, V3 y V4, incluyendo la atención psicológica que requieran, misma que deberá ser gratuita y por el tiempo que sea necesario hasta su total rehabilitación psíquica y emocional.
SEGUNDO. Realicen las acciones necesarias para que se lleve a cabo el diseño e implementación de un programa de educación, formación y capacitación sobre el derecho a la igualdad, legalidad, seguridad jurídica, a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, a la familia y al matrimonio, a no ser sometida a violencia institucional, el control de convencionalidad, interpretación conforme y el principio pro persona, dirigido a todas y todos los servidores públicos que conforman el XXII Ayuntamiento de Mexicali y de la Dirección Estatal del Registro Civil, enfáticamente aquellas personas que laboren en las Oficialías de dicha dependencia.
TERCERO. Hagan pública la Recomendación y emitan una circular en la que se instruya a todo el personal a su cargo a que garanticen en todo momento el respeto de los derechos humanos de toda persona, entre ellos el derecho a la igualdad, a la no discriminación, al trato digno, a no ser sometida a violencia institucional, con el fin de que respeten en todo momento la dignidad humana y se abstengan de realizar cualquier acción discriminatoria o que atente en contra de su dignidad.
CUARTO. Giren sus instrucciones correspondientes para realizar una campaña de difusión a través de los medios correspondientes a fin de promover el derecho a la igualdad, a la no discriminación, al trato digno, a no ser sometido a violencia institucional, así como a los derechos de la comunidad de LGBTTTIQ+, a efecto de sensibilizar y concientizar a la sociedad logrando con ello contrarrestar los efectos de lo que erróneamente se ha expresado del matrimonio igualitario y como esta figura atenta en contra de la familia.
A la Secretaría General de Gobierno del Estado de Baja California:
QUINTO. Realice las acciones necesarias a efecto de que se emita respuesta favorable a las solicitudes presentadas por V1 y V2, así como V3 y V4, respectivamente, conforme a las observaciones expuestas, para con ello proceder a la celebración de sus matrimonios civiles.
SEXTO. Ordene la realización de las acciones necesarias para que se adecuen los formatos de Actas de Matrimonio utilizadas por las Oficialías del Registro Civil en el Estado, particularmente en Mexicali, mismos que deberán atender a los principios de igualdad y no discriminación.
SÉPTIMO. Emprenda las gestiones correspondientes a fin de solicitar al Congreso del Estado, llevar a cabo las adecuaciones legislativas correspondientes a los ordenamientos citados en el texto del presente así como todos aquellos en materia civil y familiar que resulten necesarios a efecto de que se permita contraer matrimonio civil a todas las personas y en condiciones tales que se impida cualquier tipo de discriminación.
A la Presidencia Municipal del XXII Ayuntamiento de Mexicali:
OCTAVO. Instruya a quien corresponda para que se dé vista y en su caso inicien la investigación administrativa correspondiente para determinar la responsabilidad en la que pudieron incurrir AR1 y AR2.
NOVENO. Gire las instrucciones correspondientes a fin de que se ofrezca una disculpa a las víctimas por parte de AR1 y AR2.
De igual manera, se solicita a la autoridad señalada envíe a la CEDHBC las constancias que acrediten el cumplimiento de estos puntos Recomendatorios.
Cabe destacar que la Recomendación ya fue debidamente notificada a la autoridad señalada como responsable. En caso de no ser aceptada, la CEDHBC de acuerdo a sus atribuciones podrá solicitar al Congreso del Estado la comparecencia de la autoridad a efecto de que explique el motivo de su negativa.
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos reitera su compromiso absoluto en la protección y defensa de los derechos humanos de todas y todos los bajacalifornianos.

SE EXTIENDE EL PLAZO PARA PRESENTAR MANIFIESTO DE INTERÉS PARA CONTENDER BAJO LA FIGURA DE CANDIDATURA INDEPENDIENTE

  • Exclusivamente para el cargo de Munícipes.
  • Hasta por 15 días para presentar la manifestación de intención.

Mexicali, Baja California. – Durante los trabajos de la Décima Primera Sesión Extraordinaria del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), se aprobó modificar la ampliación del plazo para la ciudadanía interesada en contender al cargo de munícipe bajo la figura de candidatura independiente.

El Consejero Presidente, Clemente Ramos Mendoza, informó que se sometió a consideración del Consejo General modificar la base cuarta, inciso a), fracción II, así como la Base quinta, inciso a), fracción II de la convocatoria pública, para que la ciudadanía interesada presente su manifiesto de interés y realice las actividades pertinentes para recabar el apoyo ciudadano.

Explicó que lo anterior obedece a la petición formal de dos ciudadanos que se encuentran en la etapa de integración de la documentación que deberán adjuntar a la manifestación de intención para postularse por la vía independiente a las candidaturas de Munícipes por los Ayuntamientos de Tecate y Ensenada, respectivamente, argumentando en sus escritos la imposibilidad material de concluir sus trámites ante la Secretaria de Economía, cuya dependencia se encuentra en su segundo periodo vacacional, lo que los coloca en una situación ajena e inimputable a los solicitantes para cumplir en tiempo y forma con la entrega de la documentación que respalde su aspiración a la candidatura independiente.

Ante las causas expresadas por los solicitantes y, en aras de maximizar sus derechos como ciudadanos bajo el principio de progresividad, es necesario hacer efectivo su pretensión partiendo de la interpretación de lo dispuesto en el artículo 35, fracción II, de la Constitución General, lo que conlleva al deber de hacer posible el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos, para que puedan acceder como candidatos independientes a cargos de elección popular.

Derivado de lo anterior, Ramos Mendoza propuso al Consejo General ampliar exclusivamente para el cargo de munícipes, mismo que fenecía el próximo 31 de diciembre, hasta por 15 días para presentar la manifestación de intención, de entrega de constancias de aspirantes, así como la fecha límite para recabar el apoyo ciudadano, para quedar como sigue:

Candidatura Fecha límite de manifestación de intención Fecha de expedición de constancia Plazo para recabar el apoyo ciudadano
Munícipes 15 de enero de 2019 15 de enero de 2019 16 de enero al

01 de marzo de 2019

Finalmente, se giró la instrucción a la Coordinación de Partidos Políticos y Financiamiento del IEEBC, para que se realice la actualización en el Sistema Nacional de Registro, así como en la Solución Tecnológica a emplearse en el procedimiento del apoyo ciudadano exclusivamente para estos cargos sujetos de modificación.

JUAN DE 34 AÑOS SE ENCUENTRA DESAPARECIDO, ES RESIDENTE DE TECATE

Tecate, Baja California.- Se solicita el apoyo de la comunidad para localizar a Juan Gabriel Espinosa Peregrino quien se encuentra desaparecido desde el pasado 28 de diciembre.

Juan salio de su domicilio ubicado en Tecate, vestia chamarra azul marino, tenis y pantalon de mezclilla color azul, de estatura mide 1.80 metros y tiene 34 años de edad.

Se pone a disposición el  numero 664 5066 17 86.

 

ESTOS SON LOS PUENTES Y DÍAS FESTIVOS DEL 2019

El próximo puente será el 4 de febrero, por el día de la Constitución y las vacaciones de Semana Santa serán en abril.

Ciudad de México.- Este 2019 cuenta con ocho días de descanso que son oficiales, esto significa que de acuerdo con la ley son obligatorios para todos los trabajadores.

Está establecido en el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo que “los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso”, pero si lo hacen el patrón está obligado a pagar del doble de sueldo por el día trabajado.

Ahora sí, para que vayas planeando, estos son los días feriados o festivos que marca la ley:

El primero del año es el martes 1 de enero.
El 5 de febrero, día de la Promulgación de la Constitución, que se recorre al lunes 4.
Natalicio de Benito Juárez, 21 de marzo y se recorre al lunes 18.
Miércoles 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
Lunes de 16 de septiembre en conmemoración de la Independencia de México.
20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana, se pasa al lunes 18.
Miércoles 25 de diciembre, día de Navidad.
Miércoles 1 de enero de 2020, Año Nuevo.

Otros
El miércoles 15 de mayo, los alumnos de educación básica no tienen actividades en conmemoración a Día del Maestro.

El sábado 2 de noviembre, Día de Muertos, y el jueves 12 de diciembre, Día de la Virgen de Guadalupe, son fechas de amplia tradición en el país pero no están consideradas como de asueto, por lo que dependerá de cada empleador si decide o no dar el día libre.

Semana Santa
De acuerdo con el Calendario para el Ciclo Escolar 2018 – 2019 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), las vacaciones de Semana Santa serán del 15 al 26 de abril para los estudiantes de educación básica y el regreso a clases es el lunes 29 del mismo mes.

Los llamados “Días Santos” serán el jueves 18 y viernes 19.