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PROPONEN CASTIGO MÁS SEVERO EN BC PARA QUIENES ATENTEN CONTRA PERSONAL DE SALUD

/ Redaccion TInformativo / ,

Mexicali, Baja California.- Ante las agresiones que han sufrido los trabajadores de la salud, como son enfermeras, enfermeros, médicos en general y personal sustantivo, durante la atención de la pandemia, la legisladora Eva Gricelda Rodríguez presentó una iniciativa de reforma para endurecer las penas contra los responsables.

“La emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) ha traído grandes retos que conjugan dificultades en muchos ámbitos: preservar la salud física y emocional, mantener el empleo o la fuente de ingresos, cuidar a los menores e involucrarse muy profundamente en su proceso de enseñanza – aprendizaje, apoyar de forma especial a miembros de la familia que forman parte de los grupos de alto riesgo de contagio, entre otras. Estos retos han generado en muchos y muchas, estrés y preocupación”, refirió.

Sin embargo, agregó, el personal médico, de enfermería, y en general el que labora en hospitales y centros de salud, se ha visto sometido a un mayor grado de estrés por estar más expuestos a contraer la enfermedad generada por el virus COVID-19, aun cuando no estén adscritos a los centros especializados para la atención de esta, ya que personas infectadas pueden acudir a cualquier hospital o centro de salud en busca de ayuda antes de ser canalizados a dichos centros especializados.

La iniciativa fue presentada ante la Oficialía de Partes y, en ella, la legisladora del grupo parlamentario de Morena planteó que, en caso de amenazas contra los profesionales de la salud, se adicione un segundo párrafo al artículo 171 del Código Penal TCdel Estado de Baja California.
Explicó que esté artículo define el delito de “Amenazas”, y la adición tiene como objeto establecer una pena de tres a seis años de prisión, a quienes amenacen a un profesional de la salud, o personal que preste sus servicios en hospitales o centros de salud.
Asimismo, propuso que se adicione un segundo párrafo al artículo 317 del mismo Código Penal para el Estado, en el que se define el delito de “ultraje a los servidores públicos”.

Como se prevé en este precepto, detalló que el ultraje es toda acción o expresión ejecutada con el ánimo de denigrar u ofender a algún funcionario o agente de la autoridad.
“La propuesta es entonces establecer la misma pena de tres a seis años de prisión y hasta trescientos días multa, si el ultraje es en contra de servidores públicos que presten servicios en hospitales o centros de salud, durante el periodo que comprenda la declaración de una contingencia o una emergencia sanitaria”, remarcó.

La diputada del Cuarto Distrito añadió que las conductas contra el personal “demuestran ignorancia, pero también odio e insensibilidad”.
“En esta emergencia sanitaria, las y los profesionales de la medicina, los enfermeros y enfermeras, y todo el personal de hospitales y centros de salud, constituyen el colectivo al que con todos los medios debemos de apoyar y proteger porque arriesgan su vida, jornada a jornada, para salvar la de los demás”, concluyó.

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