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PIDE DIPUTADA AGATÓN DERECHOS IGUALES Y PAGO JUSTO A TRABAJADORES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO

/ Redaccion TInformativo /

Mexicali, Baja California.- Con el objetivo de que no deben existir tratos preferenciales para ningún servidor público por parte de superiores jerárquicos, pagándoseles además las horas extras laboradas, la diputada Claudia Agatón Muñiz presento una iniciativa de reforma a la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos de Baja California.

En su exposición de motivos, la legisladora ensenadense señalo que actualmente existe cierto nivel de discrecionalidad para fijar los salarios, prestaciones y prerrogativas de los empleados de esta Comisión.

De tal forma que existen disparidades salariales en trabajos de igual valor y responsabilidad, lo que ha generado inconformidades. Además, de que en no pocas ocasiones a algunos trabajadores se les hace trabajar horas extras y en días no laborables, sin que por dichas horas y días de descanso, se les retribuya conforme a la ley.

Recordó que en el pasado reciente, la entonces Procuraduría de los derechos humanos del estado, fue observada por diversas irregularidades en el uso del recurso publico asignado a dicha entidad y se detectaron igualmente casos de preferencias y tratos injustos al personal de dicha entidad.

Es también importante señalar que, en las leyes de las comisiones estatales de derechos humanos de la mayoría de las entidades del país, así como en la ley de la comisión nacional de los derechos humanos, se incluye un capítulo dedicado al régimen laboral de los trabajadores de dichas comisiones.

Dijo que en todas ellas, se da la categoría de trabajadores de confianza y se garantiza su incorporación a servicios de seguridad social y de salud. No siendo así en la ley de nuestro estado.

Ahora bien, por la naturaleza del trabajo se les considera en estas leyes como trabajadores de confianza, lo cual es un criterio razonable, porque en su momento, en relación a estos trabajadores de confianza, la Segunda Sala de la SCJN ha determinado al respecto que “la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado resulta aplicable a los trabajadores de confianza, porque la exclusión reflejada en el ordinal 8° solamente se refiere al principio de

estabilidad en el empleo y a las prerrogativas propias de los trabajadores de base, empero, en cuanto a las medidas de protección al salario y de seguridad social, les resulta plenamente aplicable para deducir los derechos correspondientes ante los tribunales laborales competentes”.

Claudia Agatón apunto que en este sentido, nosotros como parte del gobierno en conjunto con el poder ejecutivo y judicial, debemos de procurar que la ley en materia de derechos laborales sea respetada en los hechos, en todos los ámbitos laborales.

De particular relevancia debe ser para esta soberanía procurar el respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores que prestan su servicio dentro de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos entidad de carácter público que es la responsable de velar por los derechos humanos de las personas.

Añadió que considera necesario incluir un artículo 6 bis, para dejar en claro la a naturaleza del trabajo de los servidores públicos de la Comisión de derechos humanos y establecer que bajo ninguna circunstancia se les debe hacer trabajar horas extras o en días inhábiles sin la debida remuneración conforme a la ley. Así como el principio de salario igual por trabajo de igual valor.

Por tal razón, resulta necesario y urgente el análisis y aprobación de esta iniciativa para posibilitar que se fortifiquen los derechos humanos de los trabajadores, que están directamente encargados de proteger los derechos humanos de los bajacalifornianos.

Con esta iniciativa se busca establecer con toda precisión la naturaleza del trabajo de los servidores públicos que prestan sus servicios en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California.

Agatón Muñiz concluyo señalando que esta iniciativa será turnada a la comisión correspondiente para su análisis y discusión entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial del estado de Baja California.

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