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LAS COMISIONES ESTATALES DE SERVICIOS PÚBLICOS SERÁN AUTORIDADES FISCALES

/ Redaccion TInformativo /
  • Podrá intervenir Ia fuerza pública cuando el usuario haga uso del servicio de agua potable sin autorización del organismo 

Mexicali, Baja California.-El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen 59 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto (CHP), mediante el cual se reforman los artículos 2 y 21 de la Ley de las Comisiones Estatales de Servicios Públicos.
 
En el documento leído ante la máxima tribuna del Poder Legislativo por la presidenta de la CHP, la diputada Rosina del Villar Casas se avaló la determinación de créditos fiscales y recaudación de los derechos, aprovechamientos y contribuciones de mejoras, que conforme a las Leyes aplicables y a los Convenios se celebren.
 
Dijo que respecto de las cantidades que no hubieren sido cubiertas directamente a Ia Comisión, el cobro se realizará por conducto de las oficinas subrecaudadoras de rentas de los organismos. Esto conforme al Código Fiscal de Estado, las cuales podrán hacer uso del procedimiento económico-coactivo. Además, se establece que donde el importe del cobro que se recupere del procedimiento, deberá ingresarse a Ia Comisión que lo genero, subrayó.
 
De igual forma, se determinó que el suministro de agua potable y alcantarillado sanitario que se preste en los inmuebles en los que el Gobierno del Estado brinde educación básica y servicios de salud pública, no podrán reducirse ni suspenderse.

Mencionó que las Comisiones podrán solicitar y hacerse acompañar de Ia fuerza pública cuando intencionalmente el propietario del giro, se suministre el servicio de agua potable sin autorización del Organismo, mediante toma directa o retire el medidor que determina Ia facturación del consumo o impida por cualquier medio Ia toma de Ia lectura.

En los casos que para Ia toma de lectura sea necesario realizar trabajos de afectación en Ia vía pública para llegar a Ia toma, éstas podrán realizarlas sin Ia autorización previa de los municipios. Sin embargo, deberán informar a este al término de los mismos, mediante escrito debidamente fundado y motivado sobre las acciones realizadas precisó. 
 
Del Villar Casas indicó que con la reforma aprobada al Código Fiscal del Estado, las Comisiones Estatales de Servicios Públicos de los municipios de Mexicali, Tijuana, Tecate y Ensenada, así como las subrecaudaciones de Rentas adscritas a las referidas serán autoridades fiscales. Lo anterior en relación al procedimiento administrativo de determinación o ejecución de créditos en esta materia, así como en el de obras que ejecuten conforme a las leyes aplicables y los convenios que celebren ante ellas.

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