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LA XXI LEGISLATURA SESIONÓ EN EL PALACIO MUNICIPAL DE TIJUANA‏

/ Redaccion TInformativo / ,
  • Por decreto fue declarado Recinto Parlamentario
  • Hacen un reconocimiento al alcalde de Tijuana por regular contenido de espectaculares
  • Se reforma la Ley de Deuda Pública del Estado
  • Aprueba reforma relativa al ejercicio especializado de cirugía plástica

LA XXI LEGISLATURA SESIONÓ EN EL PALACIO MUNICIPAL DE TIJUANA‏Tijuana, Baja California.- En lo que fue la tercera sesión ordinaria que celebra la XXI Legislatura fuera de su sede original, y luego de que el Pleno decidió designar el Palacio Municipal de Tijuana como recinto oficial, los congresistas locales hicieron un reconocimiento al presidente municipal de este lugar, por regular los anuncios espectaculares en apoyo a la niñez, la familia y la imagen de las mujeres.

La sesión, que fue encabezada por el presidente del Congreso local, diputado Felipe de Jesús Mayoral Mayoral, tuvo verificativo en el patio central del Palacio Municipal de Tijuana, a invitación del alcalde de esta ciudad, Jorge Astiazarán Orcí, y en base al decreto 104 por medio del cual se declaró recinto oficial la explanada del edificio que alberga al XXI Ayuntamiento.

Al inicio de la sesión, los congresistas hicieron un público reconocimiento al XXIAyuntamiento del Municipio de Tijuana, encabezado por el doctor Jorge Astiazarán Orci, “por atender a cabalidad la petición de regular la exposición de espectaculares en apoyo a la familia, la niñez y a la imagen de las mujeres de Baja California”.

El exhorto fue lanzado por la Junta de Coordinación Política (Jucopo), máximo órgano de gobierno del Poder Legislativo del Estado, y leído en tribuna por la diputada Irma Martínez Manríquez, quien expresó: “Sin embargo, también consideramos que resulta grave que las autoridades exhortadas por esta Soberanía, hagan caso omiso de los exhortos que esta Honorable Legislatura les hace llegar”.

LA XXI LEGISLATURA SESIONÓ EN EL PALACIO MUNICIPAL DE TIJUANA‏Martínez Manríquez agregó: “Toda vez que este tipo de iniciativas son, en la mayoría de los casos, producto de las peticiones y demandas sociales de los residentes de cada uno de los distritos electorales de nuestro Estado y como tal, debe hacerse prevalecer su voluntad, ya que para eso es nuestro mandato como representantes populares”.

La diputada del Panal advirtió: “Los exhortos que respetuosamente realiza este Pleno merecen, por su carácter público, por su sentido social y por su contenido, eminentemente político, una atención institucional adecuada y formal, pero sobre todo, una respuesta y una oportuna solución a nuestros representados, en los términos constitucionales referidos”.

Para concluir, reiteró el exhorto a los ayuntamientos de Ensenada, Mexicali, Playas de Rosarito y Tecate para que, en el marco de sus atribuciones, controlen de manera estricta los contenidos de los anuncios fijos denominados “espectaculares” que despliegan fotografías y enunciados con alto sentido sexual, por representar un agravio para la familia, la niñez y la imagen de las mujeres.

 Por otra parte, con la finalidad de evitar que los entes públicos contraten deuda temporal, aún cuando su pago excediere del término de su gestión constitucional, lo que en la práctica genera dificultades financieras a las administraciones entrantes, que se ven limitadas para afrontar sus compromisos presupuestales, se reformó el artículo 7 de la Ley de Deuda Pública del Estado.

Para tal efecto se aprobó el dictamen número 67 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto que preside la diputada Rosalba López Regalado, por medio del cual se adicionó el inciso a) de la fracción primera del citado artículo, con la finalidad de señalar expresamente que la fecha de vencimiento y pago de estos empréstitos deberá ser a más tardar tres meses antes del término de la gestión del Ejecutivo del Estado o del Ayuntamiento de que se trate, incluidas las operaciones realizadas por sus respectivas entidades paraestatales o paramunicipales.

El dictamen fue leído en tribuna por el diputado Gustavo Sánchez Vázquez y aprobado por unanimidad de los integrantes del Congreso local.

 Aprueba reforma relativa al ejercicio especializado de cirugía plástica

DSC_0455En otro tema, el Pleno de la Vigésima Primera Legislatura aprobó el dictamen número 1 de la Comisión de Salud, cuyo propósito es obligar a que exclusivamente los médicos especialistas en cirugía practiquen este tipo de procedimientos, respaldados por el reconocimiento y entrenamiento idóneo que les permita adquirir plena capacidad técnica para desempeñarlos.

Lo anterior, en aras de la salud de sus pacientes y para evitar que se pongan en manos de improvisados, en atención a la importancia que conlleva la práctica médica en esta rama, donde está en riesgo la salud y vida de la población que deposita su confianza en estos profesionistas.

Por otro lado, se busca que los colegios se involucren en el tema y asuman un liderazgo responsable, pues la reforma les obliga a proporcionar un directorio electrónico de acceso al público, el cual contenga datos verídicos de aquellos agremiados que cumplan con los requisitos legales para ejercer la cirugía.

Con esto se busca generar un mayor compromiso del gremio, de manera tal que se ocupen de fortalecer la ética profesional entre sus afiliados y, en efecto, practiquen cirugías únicamente los médicos especializados en el área, calificados en términos de la normatividad aplicable, para beneficio de la sociedad que acude a ellos.

La iniciativa fue enviada por el Ejecutivo a esta Soberanía y comprende la reforma a los artículos 5, 54 y 143, así como la adición a la sección IX bis denominada “Ejercicio Especializado de la Cirugía” y los artículos 144 quarter, 144 quinquies, 144 sexies, 144 septies y 144 octies, todos de la Ley de Salud Pública para el Estado.

La reforma hace mención de los establecimientos dedicados al embellecimiento físico y medicina estética, respecto de lo cual asienta en el artículo 144 sexies: “La cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias.

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