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LA DIP. MÓNICA HERNÁNDEZ PROPUSO LA ELIMINACIÓN DE CARTAS DE ANTECEDENTES PENALES

/ Redaccion TInformativo / ,
  • Esta práctica atenta contra los derechos humanos de quienes han saldado su deuda con la sociedad

dip-monica-hernandezMexicali, Baja California.- La diputada Mónica Hernández Álvarez propuso reformar la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para el Estado, con el propósito de eliminar la expedición de constancias de antecedentes penales.

La iniciativa fue presentada ante el Pleno de la asamblea a nombre de la fracción parlamentaria del PAN, en sesión ordinaria, donde la legisladora propuso reformar el contenido de la fracción XIV del artículo 6 del citado ordenamiento.

“La pretensión legislativa es muy concreta compañeras y compañeros diputados, consiste en que se elimine la expedición de constancias de antecedentes penales a particulares y solo subsista y se comuniquen dichos registros informativos entre dependencias gubernamentales encargadas de la seguridad pública, procuración y administración de justicia, tal como lo prevé el artículo 42 y 57 de la Ley de Seguridad Pública del Estado Baja California”, dijo Hernández Álvarez.

La diputada, que preside la Comisión de Comunicación Social y forma parte de la Comisión de Seguridad Pública, subrayó que como inicialistas, no existe oposición alguna en las acciones que realizan las autoridades en materia de seguridad pública relativa a mantener una base de datos para fines estadísticos, informativos o de cualquier naturaleza, que sirva para ejercer de mejor manera la labor que por mandato de ley se les ha conferido, pero en muchos casos dichas acciones se traducen en prácticas que resultan contrarias a los derechos fundamentales de aquellas personas que ya han saldado su deuda con la sociedad y desean reinsertarse de manera efectiva.

Argumentó que la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido que: “El hecho de haber cometido un delito intencional, puede llegar a constituir un factor que demuestre la falta de probidad o de honestidad de la conducta, según las circunstancias de la comisión del ilícito, pero no resulta determinante, por sí solo, para tener por acreditada la carencia de esas cualidades. Continua el criterio del Alto Tribunal: “si una persona comete un ilícito, no podría quedar marcado con el estigma de ser infractor el resto de su vida, porque ello obstaculizaría su reinserción social”.

La reforma propuesta al mencionado artículo establecería en su fracción XIV: “La constancia relativa a los antecedentes penales sólo se podrá extender cundo lo soliciten autoridades administrativas o judiciales competentes para fines de investigación criminal, procesales, requerimientos de autoridad judicial o fines estadísticos gubernamentales. En ningún caso los terceros tendrán la potestad de conocer o solicitar antecedentes penales como condicionante para el ejercicio de algún derecho”.

La iniciativa fue turnada para su análisis y procedibilidad a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales.

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