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ERRORES EN LAS LEYES PERMITEN QUE LOS FEMINICIDIOS NO SEAN CASTIGADOS: LAURA GUTIRREZ

/ Redaccion TInformativo / ,

• A pesar de la tipificación del delito, los jueces no pueden enjuiciar a los responsables, ya que como lo establece la ley, haya existido refiere a una situación del pasado, y mientras no sean claros los vínculos entre víctima y agresor, el delito no podrá proceder.

FeminicidiosTecate, Baja California.- Las estadísticas mueven al mundo y dan claro perfil de que de lo que acontece en el momento, sin embargo, las cifras llamadas oficiales, no siempre revelan los datos verdaderamente duros y concisos, cuando de muertes se trata. Este es el caso de los feminicidios, un término podría decirse reciente, aunque seguramente lleva más años practicándose de los que se piensa.
Las cifras van en aumento, así como las realidades y los horrores que encierran estos terribles actos. A raíz de las muertas de Juárez, se empezaron a documentar casos de mujeres muertas de manera violenta, esto significa que después de muerta, la victima sufre todo tipo de violencia como violación y tortura.
Fue precisamente cuando los grupos organizados de ciudad Juárez, Chihuahua, presentaron una denuncia ante las cortes internacionales. Morían muchas mujeres en estas circunstancias y no había castigo alguno, ya que el Estado estaba permitiendo este tipo de crímenes.
En diciembre de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos imponía la conocida sentencia: Campo Algodonero, la cual condenaba al Estado mexicano por no garantizar los derechos humanos, en los casos de mujeres desaparecidas, torturadas y asesinadas en dicha entidad.
Fue así como el Estado mexicano, recibió la advertencia una advertencia respecto a este tema, con la consigna de estandarizar todos sus protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación y la impartición de justicia sobre todos los delitos que se relacionen con desapariciones, violencia sexual y homicidios contra mujeres.
Esto forma parte del protocolo de Estambul, el manual para la prevención e investigación efectiva de ejecuciones extrajudiciales con perspectiva de género y ordena al gobierno mexicano que el delito de feminicidio debe estar contemplado en toda la legislación mexicana.
¨A partir de entonces en 2010, la corte le dio plazos al Estado para que cumpliera y empezaron a realizarse reformas en los códigos penales con muchas equivocaciones y con muchas resistencias de parte de los legisladores, no entendían, ni entienden, porque se tiene que tipificar como delito de feminicidio para las muertes de mujeres, cuando consideran que puede perfectamente ser el delito de homicidio¨, expresó Laura Gutierrez, fundadora de Mujeres Unidas Olympia de Gouges A.C.
El término feminicido empezó a cobrar vigencia en los estados, en Baja California en 2012 se tipificó como delito, sin embargo, la manera en cómo se hizo, no permitía acreditar ninguna muerte violenta de mujeres por feminicidio.
La PGJ publicó que del 2008 al 2013, fueron 231 las mujeres asesinadas en Baja California siendo en Tijuana donde sucedieron el 53% de los casos, Mexicali con 22%, Ensenada con 15%, Playas de Rosarito 7% y Tecate con 3%.
Por otra parte en 2013, según la PGJ hubo 71 muertes de mujeres de manera violenta en el Estado. Tijuana con 35 casos, Mexicali con 19, 8 en Ensenada, Playas de Rosarito con 7 y 2 en Tecate.
¨Por eso nosotros hicimos la propuesta , en aquellos años era diputada Nereida Fuentes , la idea fue modificar el artículo 129 del código penal y entonces dimos la propuesta para que el tipo de feminicidio sea considerado cuando entre el activo y la victima haya una relación de parentesco, de matrimonio concubinato, noviazgo o cualquier otra relación, laboral.¨ Explicó Laura Gutiérrez.
Fue así como el termino feminicidio, adquirió una concepción más elaborada, con características factibles que permitieran a las autoridades tener la capacidad de castigar a los responsables de dichos actos.
¨Artículo 129.- Exista o haya existido entre el activo y la victima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, cualquier otra relación de hecho o Amistad, Exista o haya existido entre el activo y la victima una relación laboral, docente, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad, La victima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo, A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previa o posterior a la privación de la vida, Existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público, La victima haya sido incomunicada.¨
¨Cuando nosotros la presentamos lo único que no quedó fue exista, es decir, nuestra propuesta quedó tal como está, incluso las sanciones de 20 a 50 años de prisión, pero no le pusieron exista, solo quedó haya existido y eso generó un gran problema¨
A pesar de la tipificación del delito, los jueces no pueden enjuiciar a los responsables, ya que como lo establece la ley, haya existido refiere a una situación del pasado, y mientras no sean claros los vínculos entre víctima y agresor, el delito no podrá proceder.
Además del tema de la omisión de palabras, surgió otro problema que atenta en contra de las sanciones a este delito, la Procuraduría General de Justicia del Estado, no contaba con los manuales y protocolos impuestos en la sentencia de Campo Algodonero, es entonces cuando se cuestiona la atención y prioridad que se le brindan al tema, ya que, si bien es cierto se cuenta con un delito tipificado, los agentes ministeriales no conocen las características de tal delito.
Es común que refiera a la muerte de una mujer como un crimen pasional, sin embargo la idea de los protocolos y los manuales, siempre y cuando sean los adecuados, ayudará a abrir crear un esquema que permita hacer de la muerte violenta de una mujer un delito totalmente sancionable, con características y sentencias propias.
¨Tiene que haber protocolos de investigación para casos de feminicidio, pero no solo que existan sino que capaciten a sus agentes¨ expresó Laura Gutiérrez.
En 2015 el gobernador mencionó al respecto sobre el aumentó el número de mujeres muertas, sin embargo, consideró que esto es a casusa de que ellas participaban en delitos, por lo cual no son calificados como feminicidios, son mujeres que se mueren porque participan en el narcotráfico o porque hay un incremento en la violencia intrafamiliar.
La solución a este delito resulta utópica mientras los casos de feminicidio no se investigan como tales y no sean atendidos por la justicia adecuadamente. Los errores en las leyes permiten que los delincuentes no sean castigados, y la poca o nula importancia que las autoridades le dan al tema hacen de este delito uno más que por desgracia, seguirá pasando desapercibido, mientras que no se haga algo al respecto.

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