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CONGRESO DEL ESTADO APRUEBA ESTABLECER COMO OBLIGATORIO EL TAMIZ NEONATAL

CONGRESO DEL ESTADO APRUEBA ESTABLECER COMO OBLIGATORIO EL TAMIZ NEONATAL
/ Berenice Barreto / ,
  • Comisión de Salud presentó el dictamen número 8, mismo que fue aprobado por mayoría del Pleno del Congreso.
  • La iniciativa fue presentada por la diputada Araceli Geraldo, ya que a nivel estatal no se establece la obligatoriedad en la aplicación del tamiz

Mexicali, Baja California.- En Sesión Extraordinaria del Pleno del Congreso, la Comisión de Salud, presidida por la diputada Monserrat Rodríguez Lorenzo, presentó el dictamen número 8, respecto a iniciativa sobre la atención materno-infantil, para la aplicación del tamiz neonatal ampliado, con el objetivo de armonizar la legislación estatal de conformidad con la Ley General de Salud.

El dictamen fue aprobado por 18 votos a favor, 3 en contra y 0 abstenciones, mismo que modifica el artículo 22 de la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California. Como antecedente, dicha iniciativa fue presentada en fecha 07 de enero de 2022, por la diputada Araceli Geraldo Núñez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena.

En ese sentido, la legisladora inicialista destacó que el tamiz neonatal ampliado, cobra una especial relevancia en las acciones de salud preventiva que son obligatorias, pues su aplicación ha permitido la identificación de factores congénitos y hereditarios de enfermedades, sin embargo, a nivel estatal no existen disposiciones claras que establezcan la obligatoriedad en la aplicación de la prueba multicitada por parte del Sistema Estatal de Salud y de diversos mecanismos de medicina preventiva, que pueden ayudar a la prevención de enfermedades desde el nacimiento del ser humano.

La Comisión dictaminadora indicó que, la propuesta legislativa puesta a consideración por la inicialista, es jurídicamente procedente, pues la misma resulta acorde a derecho, aportando además mayor congruencia entre los ordenamientos de la materia, así como trayendo certidumbre jurídica a los gobernados, respecto de las acciones expresas y puntuales que el Estado debe solventar en la atención de las mujeres embarazadas y los neonatos.

Es importante señalar que se modifica la redacción propuesta del artículo 22 de la Ley de Salud Pública, para emplear un lenguaje incluyente, sin modificar la pretensión legislativa de la inicialista, por lo que se aprueba la reforma al citado apartado de la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California.

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