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INSATISFACTORIA LA LEY DE COMUNICACIÓN SOCIAL TAL COMO SE PRESENTÓ:GPPES

/ Redaccion TInformativo / ,
  • Las infracciones señaladas por la ley no tienen sanciones “y una infracción sin pena jamás será sanción”: Dip. Abel Cruz
  • GPPES propuso poner un tope máximo de recursos presupuestarios se podrán destinar a la propaganda gubernamental

México, Distrito Federal.- Las disposiciones que contiene el dictamen de la Ley General de Comunicación Social no satisfacen la intención del amparo de la Suprema Corte, ni muestran la voluntad de expedir una ley consensuada por todos los grupos parlamentarios; por ello, el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social (GPPES) presentó varias observaciones y reservas con vista a perfeccionar esta ley.
“La ley sólo dictamina en sus términos la que presentaron los grupos parlamentarios del PRI, Partido Verde y de Nueva Alianza, lo que muestra una clara falta de voluntad para expedir una ley consensada”, refirió el diputado Abel Cruz al emitir el posicionamiento del GPPES durante la presentación del dictamen de la Comisión de Gobernación, que expide la Ley General de Comunicación Social.
Si bien el GPPES se manifiestó a favor de que la Cámara de Diputados cumpla con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) -que le impone legislar en materia de propaganda gubernamental- considera que hay muchos puntos en el dictamen que deben ser corregidos, explicó el diputado Cruz Hernández.

Entre las principales observaciones que el GPPES le hace al dictamen, destaca que:
1. la sentencia de la SCJN mandó emitir legislación en materia de publicidad oficial y no sobre comunicación social;
2. la discrecionalidad del Poder Ejecutivo se incrementa al facultarlo para emitir lineamientos y criterios de operación en esta materia;
3. duplica la normatividad vigente;
4. las infracciones no tienen sanciones “y una infracción sin pena jamás será sanción”, considera el diputado Cruz Hernández;
5. su entrada en vigor es el 1º de enero del 2019, para no afectar la posible comunicación durante el actual proceso electoral;
6. no marca porcentajes máximos de asignación de gasto; por ejemplo, en el 2016, 50% del presupuesto se le asignó a televisa, 28% a Tv
Azteca, 6% Excélsior y el 2% al canal 40;
7. y finalmente, la ley es omisa en garantizar equidad de los medios comunitarios e indígenas en su participación del presupuesto en la
materia.
Asimismo, la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola y el diputado Abel Cruz presentaron diversas reservas al dictamen, una vez que éste fue aprobado por lo general en el pleno de la Cámara de Diputados.
Entre dichas reservas destacaron las siguientes:
1. reserva al artículo 18, donde el GPPES instó a precisar que “la contratación de tiempos comerciales en medios de comunicación no
exceda 10% de los recursos aprobados para cada ente público en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
2. reserva al artículo 29, donde el GPPES exhortó a precisar el desglose por tipo de tiempo en los medios de comunicación que soliciten los
entes públicos al presentar solicitudes de campaña en medios de comunicación.
A pesar de que dichas reservas fueron rechazadas en votación económica en el pleno de la Cámara, durante la aprobación de la ley por lo general y lo particular, el diputado Abel Cruz resaltó la disposición del GPPES para legislar en materia de propaganda gubernamental, “para construir una ley que sirva para que el gasto del Estado mexicano sea transparente, legal, legítimo y socialmente útil”.

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