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CONGRESO DE B. C. APRUEBA REFORMAS A CONSTITUCIÓN FEDERAL EN MATERIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO

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Con ello la XXIII Legislatura local se une a otras 10 legislaturas del país que avalan la minuta enviada por el Congreso de la Unión
Es un paso más para dejar en el pasado el presidencialismo: Dip. Juan Manuel Molina

Mexicali, Baja California.- El Pleno de la Vigésima Tercera Legislatura local aprobó con 21 votos a favor y 2 en contra, el dictamen 15 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales (Cglpc), que contiene la minuta con proyecto de decreto enviada por el Congreso de la Unión, la cual comprende reformas a diversos artículos de la Constitución Federal en materia de consulta popular y revocación de mandato.

Correspondió al presidente de la Cglpc, diputado Juan Manuel Molina García leer en tribuna el contenido de la minuta, misma que comprende modificaciones a los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99 116 y 122 de la Carta Magna.

Dichas reformas establecen que son derechos de la ciudadanía votar en las consultas populares, las cuales serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de: para el caso de las consultas de temas de trascendencia nacional, los ciudadanos, en un número equivalente al menos al 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

Asimismo, para el caso de las consultas populares en temas de trascendencia regional, competencia de la Federación, los ciudadanos de una o más entidades federativas, en un número equivalente al menos al 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

Dispone también que no podrán ser objeto de consulta popular, entre otros, la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, y las obras de infraestructura en ejecución.

Por otro lado, la minuta establece que el Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados, además de que promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y será la única instancia a cargo de la difusión de las mismas.

En cuanto a la revocación de mandato del Presidente de la República, dispone que se llevará a cabo conforme a lo siguiente: será convocado por el INE a petición de los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 3 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, el 3 por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. Para que el proceso sea válido, deberá existir una participación de, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta.

En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los 30 días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional. Se inscribe, además, que los gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de 6 años y su mandato podrá ser revocado.

Las Constituciones de los Estados establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad.

Por último, en uno de sus transitorios la minuta aprobada establece que las constituciones de las entidades federativas, dentro de los 18 meses siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local.

Al final de la lectura del documento y antes de efectuarse la votación correspondiente por el Pleno, Molina García subrayó que este “es un tema que muchos gobiernos pasados le dieron la vuelta por mucho tiempo, que se trató de un principio muy básico de que el pueblo pone y el pueblo quita. Además es un paso para abatir, en caso de aprobarse, de una vez por todas la figura del presidencialismo que tanto daño le hizo a México”.

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